Acabo de conocer la noticia de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha revocado el auto dictado por el magistrado Pedraz que acordaba el archivo de las actuaciones en el asunto de los tuits del concejal Zapata.
Después de leer el auto (que consta en la propia noticia), me remito a las dos entradas que escribí sobre el asunto. Solamente añadiré que se incluyen en el auto unas valoraciones sobre el delito concreto que se imputa al concejal que son discutibles:
a) Por ejemplo, que la notoriedad posterior implique el que las expresiones sean más idóneas para lesionar el bien jurídico protegido. La idoneidad o inidoneidad de las expresiones, en mi opinión, deriva de estas, no de su mayor o menor circulación (cuando, además, esto no depende del autor).
b) Que se admita una forma de dolo eventual. Es esta una cuestión técnica compleja: se trata de saber…
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