Hace tiempo ya expliqué por qué, en mi opinión, cualquier referéndum que plantee una pregunta sobre una posible secesión de una parte del territorio español (sin una reforma previa de la Constitución que lo permita) es inconstitucional. Incluso aunque el referéndum sea convocado por el presidente del Gobierno previa autorización del Congreso y se realice en toda España.
Como veo que sigue habiendo gente que duda voy a tirar de autoridad. Con la ventaja de que se trata de la autoridad que ha de decidir sobre la constitucionalidad de cualquier medida. Esto dice la Sentencia del Tribunal Constitucional 103/2008:
En estos términos resulta indudable que plantea una cuestión que afecta al orden constituido y también al fundamento mismo del orden constitucional. Una afectación de esa naturaleza y con tal alcance es desde luego factible en nuestro Ordenamiento, toda vez que, en el marco de los procedimientos de reforma…
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