de la no discriminación.
En 2014 se aprobó por el parlamento catalán la LLEI 11/2014, del 10 d’octubre, per a garantir els drets de lesbianes, gais, bisexuals, transgèneres i intersexuals i per a eradicar l’homofòbia, la bifòbia i la transfòbia. En 2016 la asamblea de la Comunidad de Madrid aprobó la LEY 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual.
La justificación de estas leyes es erradicar la discriminación que sufren personas LGTBI. Ya hemos hablado en MQE de que esa discriminación era inexistente desde el punto de vista legal en el ordenamiento jurídico español. Por tanto, se trataba de leyes innecesarias desde el punto de vista jurídico que sólo se justificaban por el deseo de privilegiar (discriminar positivamente a un colectivo concreto de personas). Es verdad que podría existir un rechazo social haciael colectivo LGTBI, como…
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